Instituciones Internacionales
En el ámbito de la internacionalización las compañías tendrán que llevar a cabo protocolos de actuación en su relación con administraciones públicas que habrán sido implantados y
supervisados por instituciones internacionales de Derecho público.
La ausencia de estas instituciones en el común desarrollo de las compañías en Europa hace que estos protocolos puedan resultar extraños a los operadores del mercado.
Hemos representado a nuestros clientes ante reclamaciones y diferendos con instituciones internacionales de Derecho Público, tales como el Banco Mundial.
La financiación de proyectos por parte Instituciones Internacionales conlleva la asunción sus protocolos y reglas de conducta aún cuando su firma no contrate directamente con éstas. Proveedores de contratistas públicos en segundo y tercer grado se ven obligados a adoptar una serie de medidas que, en caso de no ser adoptadas, conllevan la inhabilitación para la contratación directa con dichas instituciones públicas.
La firme defensa y representación de los intereses de su firma contando con asesoramiento experimentado devendrá en una mejor posición en su defensa judicial cuando sus Derechos se vean conculcados por prácticas inadecuadas en el seno de dichas
instituciones internacionales.